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martes, 8 de noviembre de 2011

El Supremo anula el Programa de Infraestructutas del Plan Regional de Residuos Industriales

Hoy nos ha llegado esta fenomemal noticia de nuestros/as amigos/as de Castilla y León. El Tribunal Supremo ha anulado el programa de infraestructuras del Plan Regional de Residuos Industriales de Castilla y León al no contemplar la localización concreta de los lugares donde se ubicarán las instalaciones para la eliminación de residuos.

Por Sentencia de 18 octubre 2011, de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo se anula parcialmente el Plan de Residuos Industriales de Castilla y León. La sentencia deja sin cobertura legal a una veintena de instalaciones de incineración y vertido de residuos industriales autorizadas por la Junta de Castilla y León en los últimos años (6 en Palencia).

—Relación de infraestructuras afectadas en Palencia (abajo de esta nota se puede descargar todas las infraestructuras afectadas y detalle de ellas)
  • Complejo Medio Ambiental Tierra de Campos – Incineración y Vertedero Residuos Industriales- Ampudia
  • Varesa- Incineradora Residuos Industriales – Carrión de los Condes
  • Indureco- Planta Eliminación Residuos Industriales- Venta de Baños
  • Indureco- Planta Nueva Residuos Industriales- Venta de Baños
  • Cementos Portland – Autorización para incinerar Residuos Industriales- Venta de Baños
  • Iberdrola- Vertedero Residuos Industriales – Mantinos

Nota de prensa, 08-11-11

Por sentencia de 18 de octubre de 2011, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado parcialmente el Plan de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, aprobado por Decreto 48/2006, de 13 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Esta sentencia confirma la dictada el 22 de junio de 2007 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y desestima el recurso interpuesto por la Junta de Castilla y León.

A la vista de la jurisprudencia europea, la sentencia recuerda que “los planes de gestión deben prever criterios de localización espacial o geográfica de los lugares de eliminación de los residuos, y por ello han de incluir un mapa que señale el emplazamiento concreto que se dará a los lugares de eliminación de los residuos o unos criterios de localización suficientemente precisos para que la autoridad competente para expedir una autorización pueda determinar si el lugar o la instalación de que se trata está incluido en el marco de la gestión prevista por el plan”.

El Tribunal Supremo ratifica que el Plan Regional de Residuos Industriales no cumple estos requisitos; aunque el Plan “recoge una serie de áreas de localización preferente a tener en cuenta la determinación que contiene es sólo aparente ya que indica tres zonas de una amplitud desmesurada en las que se pueden autorizar las instalaciones y admite, incluso, que se puedan autorizar instalaciones fuera de ellas, siempre que cumplan la reglamentación vigente que no se especifica, lo que enerva su concreción espacial o geográfica”.

Según la sentencia, de aquí “resulta el cumplimiento meramente aparente –y por ello incumplimiento- del mandato dirigido a los planes autonómico de residuos para que especifiquen los lugares y las instalaciones apropiadas para la eliminación de los residuos que establece el artículo 5.4 de la Ley 10/1998 [Ley de Residuos] aplicable al caso y esencial para la protección de la salud pública y del medio ambiente a que se orienta toda la normativa de la Unión e interna referente a residuos”. El Tribunal Supremo anula también el objetivo de regeneración de aceites de automoción contenido en el Plan, por rebajar del 65% al 40% el contenido en la legislación básica del Estado, e impone las costas judiciales a la Junta de Castilla y León.

Se confirma así la anulación del Programa de Infraestructuras del Plan de Residuos Industriales, y por lo tanto de las siguientes actuaciones amparadas en el mismo: las dos plantas de preparación de combustible a partir de residuos peligrosos de Venta de Baños (Palencia), la ampliación de los vertederos de escorias de plomo de Medina del Campo y San Esteban de Gormaz, los vertederos de las centrales térmicas de Anllares, Compostilla y La Robla (León) y Velilla del Río Carrión (Palencia), los centros de tratamiento de residuos industriales de Fresno de la Ribera (Zamora), Abajas (Burgos) y Ampudia (Palencia), el último pendiente de autorización, así como las áreas de localización preferente para estas instalaciones de vertido.

También quedan sin la cobertura del Plan las restantes instalaciones de eliminación de residuos industriales autorizadas en los últimos años en Castilla y León, como son la ampliación de la planta de tratamiento y el vertedero de residuos peligrosos de Santovenia de Pisuerga (Valladolid), el vertedero de residuos industriales de Quintanilla de Onésimo (Valladolid), las incineradoras de residuos peligrosos de Medina de Pomar (Burgos) y Carrión de los Condes (Palencia), la planta de tratamiento de residuos peligrosos de Ólvega (Soria) y los permisos de incineración de residuos en las cementeras de Toral de los Vados y La Robla (León) y Venta de Baños (Palencia).

Todas estas instalaciones suman una capacidad de incineración y tratamiento físico-químico de medio millón de toneladas anuales, repartidas a partes iguales entre residuos peligrosos y no peligrosos, y una capacidad total de vertido de 24 millones de metros cúbicos, entre ellos millón y medio para residuos peligrosos.

De manera inmediata, los ecologistas darán traslado de la sentencia a los tribunales que examinan la legalidad de los permisos concedidos por la Junta de Castilla y León a la mayor parte de estas instalaciones, que Ecologistas en Acción mantiene recurridos por no respetar las prioridades de gestión establecidas en la legislación y/o no ser necesarias para la industria regional, poniendo en peligro la salud pública y el medio ambiente. Hay que recordar que los vertederos de residuos industriales de Santovenia de Pisuerga y Fresno de la Ribera han sido autorizados por sendas leyes de las Cortes de Castilla y León para saltar por encima de resoluciones judiciales contrarias, a beneficio de Urbaser, la filial medioambiental de la constructora ACS.

La eventual anulación judicial de los permisos de todas estas instalaciones, la extinción en 2010 del periodo del Plan de Residuos Industriales, la absoluta falta de datos sobre el logro de sus objetivos de reducción y valorización y el incumplimiento de sus medidas más interesantes (no se ha creado la Oficina de Producción Limpia, no se han trasladado a las autorizaciones de las empresas los objetivos de reducción de residuos peligrosos, no se ha regulado la entrada de residuos desde otras regiones, no se ha creado la tasa de vertido, no se ha elaborado la guía de sostenibilidad de polígonos industriales, etc.) llevan a los ecologistas a calificar la política de residuos industriales de la Junta como desastrosa, limitada a favorecer a las grandes empresas del residuo aún a costa de convertir a Castilla y León en el principal destino estatal de los desechos tóxicos.

En opinión de los ecologistas, la Junta de Castilla y León ha perdido dos décadas para solucionar el problema de sus residuos industriales, dificultando la implantación de nuevas empresas y convirtiendo este tema en un conflicto social y ambiental permanente, por falta de diálogo y respeto a la normativa medioambiental.

Por ello, Ecologistas en Acción demanda la urgente redacción de un nuevo Plan de Residuos Industriales que sustituya al ya expirado, con la participación de todos los agentes interesados, que priorice de manera efectiva la reducción (en especial de los residuos peligrosos), la reutilización y el reciclado de los residuos, ponga coto al tráfico de residuos tóxicos hacia Castilla y León y determine con suficiente precisión la naturaleza y localización de las instalaciones de eliminación y valorización necesarias para los residuos de la industria de Castilla y León, como dice el Tribunal Supremo, de titularidad pública en el caso de los tóxicos.

La importancia de la sentencia trasciende el ámbito de Castilla y León, pues crea jurisprudencia en materia de residuos, obligando a los planes autonómicos a que precisen las características y criterios de localización de los vertederos e incineradoras que prevean en su territorio, a lo que se resisten la mayor parte de los gobiernos regionales para no responsabilizarse de la decisión de ubicar estas polémicas instalaciones, dejando completa libertad a las empresas privadas para que presenten los proyectos y emplazamientos que consideren adecuados, sacrificando de esta manera la seguridad a la rentabilidad de estas empresas.

Ecologistas en Acción de Castilla y León

Más información:

Sentencia del Tribunal Supremo por la que se anula el Programa de Infraestructutas del Plan Regional de Residuos Industriales (Descarga)

Relación de Infraestructuras Afectadas (Descarga)

Medios de comunicación

Europapress 8/11/2011

Nota El Mundo 8/11/2011

Norte de Castilla 8/11/2011

Rtvcyl 8/11/2011


Desde aquí les queremos mostras nuestra más sincera enhorabuena.

3 comentarios:

  1. Muy buena noticia. Espero que algún día podamos leer lo mismo de nuestra comunidad.

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  2. Yo tambien lo espero. Crucemos los dedos.

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